Pasar al contenido principal

Titulación Universitaria Oficial

Titulación Universitaria Oficial

Regulación

La legislación vigente conforma la profesión de Logopeda como profesión regulada cuyo ejercicio requiere estar en posesión del correspondiente título oficial de Grado, obtenido, en este caso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 del referido Real Decreto 822/2021, conforme a las condiciones establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de enero de 2009, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 17 de febrero de 2009.

Debe tenerse en cuenta que, ya antes de esta titulación resultante del proceso de Bolonia, el Real Decreto 1419/1991 de 30 de agosto, estableció el título universitario de Diplomado en logopedia. En consecuencia, primero con el título de Diplomado y luego con el título de Grado, hace años que el ejercicio de la profesión de logopeda exige estar en disposición de una titulación universitaria específica.

Estudios oficiales de grado en logopedia
Programas de máster oficial de logopedia
Más información

Para más información sobre oficialidad de cualquier título universitario consultar:

Página web del registro universitario de títulos